El deporte no solo cumple un rol fundamental en la salud y el desarrollo social, sino que también cuenta con un marco legal que protege a quienes lo representan oficialmente. En Chile, el artículo 74 de la Ley N° 19.712, conocida como Ley del Deporte, regula el permiso laboral obligatorio para deportistas y otros actores vinculados a competencias oficiales.
Este derecho es especialmente relevante para trabajadores que, además de cumplir funciones laborales, son llamados a representar al país en eventos deportivos de alto nivel.
El artículo 74 de la Ley 19.712 establece que ciertos trabajadores tienen derecho a un permiso laboral obligatorio cuando son designados oficialmente para representar al deporte chileno en competencias nacionales e internacionales.
Este permiso busca garantizar que la participación deportiva no se vea afectada por obligaciones laborales, promoviendo así el desarrollo del deporte de alto rendimiento y la representación del país en instancias oficiales.
La ley es clara respecto a los beneficiarios de este derecho. El permiso laboral obligatorio aplica para:
🏃♂️ Deportistas
🧑🏫 Técnicos y entrenadores
⚖️ Jueces y árbitros
🧑💼 Dirigentes deportivos
Todos ellos deben estar designados por las instituciones competentes, tales como federaciones, asociaciones deportivas u organismos reconocidos oficialmente.
El permiso laboral obligatorio se otorga cuando la persona es convocada para participar en eventos deportivos de carácter:
Nacional
Sudamericano
Panamericano
Mundial
Olímpico
Esto incluye tanto competencias oficiales como actividades directamente relacionadas con la representación deportiva, siempre que exista una designación formal.
Uno de los puntos clave del artículo 74 es que establece distintas condiciones según el tipo de empleador.
En el caso de los trabajadores del sector público:
✅ El permiso es obligatorio
💰 Se otorga con goce de remuneraciones
❌ No puede significar descuentos ni perjuicios económicos
Es decir, el funcionario mantiene íntegramente su sueldo durante el período de participación deportiva.
Para quienes trabajan en empresas o instituciones privadas:
✅ El permiso también es obligatorio
💼 El empleador debe otorgarlo
💵 El empleador puede decidir si el permiso es:
Con goce de remuneraciones
Sin goce de remuneraciones
La ley no obliga al empleador privado a pagar el sueldo durante el permiso, pero sí a permitir la ausencia laboral justificada.
No. Cuando se cumplen los requisitos legales (designación oficial y participación en eventos reconocidos), el empleador no puede negar el permiso, ya que se trata de un derecho establecido por ley.
Negar este permiso podría exponer al empleador a incumplimientos legales y eventuales sanciones laborales.
Desde una perspectiva de Recursos Humanos, este permiso representa:
✔️ Cumplimiento normativo laboral
✔️ Apoyo al desarrollo deportivo nacional
✔️ Mejora del clima laboral y reputación corporativa
✔️ Promoción de valores como el compromiso, la disciplina y el trabajo en equipo
Las organizaciones que gestionan correctamente este tipo de permisos demuestran una cultura laboral alineada con la legislación y el bienestar de sus trabajadores.
El artículo 74 de la Ley 19.712 garantiza el derecho a un permiso laboral obligatorio para quienes representan oficialmente al deporte chileno, diferenciando claramente las condiciones entre el sector público y privado.
Conocer y aplicar correctamente esta normativa es fundamental tanto para trabajadores como para empleadores, evitando conflictos laborales y fortaleciendo el compromiso con el deporte nacional.
Última actualización el dia 11 de Febrero de 2026 por RedRRHH